viernes, 6 de diciembre de 2013

EMILIO LOPEZ OLMEDILLA DE PINAREJO FARMACEUTICO EN 1902 EN BELMONTE


 
APORTACION A LA HISTORIA LA FARMACIA EN LA PROVINCIA DE CUENCA de Maria Luisa Gonzalez Sánchez

EMILIO LOPEZ OLMEDILLA
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Natural de Pinarejo (Cuenca), obtuvo su título de farmacéutico a los 28 años por la Universidad de Madrid, tal y como refleja el mismo: “Por cuanto O. Emilio López Olmedílla, natural de Pinarejo, provincia de Cuenca de 18 años ha acreditado en debida forma que reune las circunstancias prescritas por la actual legislación para obtener el título de Licenciado en Farmacia y hecho constar la suficiencia en la Universidad de Madrid el día 11 de Junio de 1898. Por tanto de orden de S.M. el Rey (q.D.g.) y en su nombre la Reina Regente del Reino expido este título para que pueda ejercer libremente su profesión de farmacéutico en los términos que previenen las leyes y reglamentos vigentes. Dado en Madrid a diez de Octubre de 1898.”
Emilio López que adquirió en 1902 la farmacia de Enrique Rodríguez forma parte, a partir del citado año, de la Junta Municipal de Sanidad como Farmacéutico Titular. 
En 21 de Octubre de 1906, ya casado y con domicilio en la c/ Rivero hoy c/ Padre Domingo presenta en el Ayuntamiento de Belmonte la solicitud de apertura legal (según las Ordenanzas de Farmacia), de su farmacia, sita ahora en esta casa donde habitaba y a donde la había trasladado. Para ello aporta una copia de su título de farmacéutico, croquis de la farmacia, que no aparece en la documentación consultada por nosotros; así como el catálogo de medicamentos e instrumentos existentes en su establecimiento. Esta solicitud se elevó a su vez al Subdelegado de Farmacia del partido judicial de Belmonte, O. Julio Zapata
Hay que decir que desde 1905 hasta 1930 no se publicó por lo que hasta entonces las existencias
en las farmacias se debieron de someter al en el petitorio oficial. 
El último petitorio se aprobó en sesión de gobierno el 6 de abril de 1905 entrando en vigor el 20 de Julio de 1905
El 10 de Noviembre de 1906 tiene lugar la visita de inspección, consecuencia de la solicitud de apertura legal, y a raíz de la que se emitió el siguiente informe: “ Terminada el acta de visita como proviene el artículo 43 de las Ordenanzas de Farmacia y lo preceptuado en el párrafo segundo, yo el Subdelegado de Farmacia procedí a un minucioso examen de algunos medicamentos que por sus caracteres tanto físicos como químicos dieron por resultado ser de buena calidad, considerando en mi juicio estar suficientemente garantizada la salud pública tanto por el surtido como por la buena calidad de sus medicamentos para hacer frente a todas o cualquiera enfermedad. Habiendo cumplido todos los preceptos legales como mandan nuestras Ordenanzas, Reglamento del Cuerpo e Instrucciones General de Sanidad (....) emito informe favorable para que dede este momento quede la referida farmacia abierta a nombre del Sr. Olmedilla (••), Este informe fué emitido el 21 de Diciembre de 1906.
 A pesar del informe favorable es de señalar la falta de las siguientes existencias:
 Antomoniato potásico
Arseniato de Hierro
Benzoato potásico
Carbón vegetal medicinal
Carbonato potásico
Carragaen
Cebada perlada
Cicuta (hoja)
Cloruro sódico
Coca del Perú
Colombo
Copaiba (oleo-resma)
Cuerno de ciervo calcinado
 Antipirina
Benjuf
Borraja
Carbonato cálcico
Carbonato bi potásico
Catecú
Cianuro
Citrato
Cloruro
Colofonia
Contrayerba
Coral rojo en polvo
Emplasto de cicuta
potásico
de hierro
de zinc
Escamonea
Escorzonera (raíz)
Estoraque líquido
Estrofanto (semilla)
Extracto de nuez vómica
Fosfato cálcico di y trí
Jabón amigdalino
Glicerofosfato de cal
Genciana
Helecho macho
Jarabe de granada
Liquen islándico
Nogal
Oxido férrico
Oxido zíncico
Polígala de Virginia (raíz)
Polvo de cuerno de ciervo calci
Polvo opiado
Polvo de semilla de lino
Pomada mercurial simple
Romero
Resma de pino
Salvia
Saúco
Sulfato ferroso
Sulfato zíncico
Sulfuro sódico cristalizado
Tartrato sádico potásico
Escyla (bulbo)
Espliego
Estramonio (hoja)
Eucalipto (hoja)
Extracto de quebracho
Hipofosfito cálcico
Gelatina purificada
Grama (rizoma)
Granado (corteza)
Hipericón (sumidad florida)
Jarabe de violeta
Nitrato mercúrico ácido
Oxalato ferroso
Oxido mercúrico amarillo
Permanganato potásico
Polvo de cantáridas
nado
Polvo de valeriana
Pomada de rosas
Quebracho
Ratania
Ruda
Sasafrás
Solucióin alcohólica de yodo
Sulfato potásico
Sulfuro (tri) potásico hiposulfit.
Tartrato férrico potásico
Tintura alcohólica de asafetida
Tintura alcohólica de condurango
de corteza de naranja compuesta
de estrofanto
de quebracho
TI de hipericón vulneraria
IT U de nuez vómica
Valerianato de zinc. Vino de quina
Violeta
 Ya hemos indicado que en 1902 Emilio López Olmedilla formaba parte de la Junta Municipal de Sanidad, uno de los acuerdos de dicha Junta es de nuestro particular interés:” acuerdan prohibir al vecindario echar a la vía pública aguas sucias, tener basuras que se saquen de las casas por más tiempo de veinticuatro horas, hacer aguas o ensuciar la vía pública, dejar animales muertos a menos distancia de 500 metros y procurar enterrarlos para que los olores no puedan salir al exterior; que sean vigilados diariamente por el personal dependiente de este municipio los alimentos que se pongan a la
venta al público, que se examinen los establecimientos públicos con el fin de conocer las condiciones higiénicas en que se hallasen debiendo en un caso tomar las medidas que le sean conducentes; que de la misma manera sean vigilados todos los lugares donde puedan albergarse o refugiarse los viajeros que
vengan a esta localidad averiguando su procedencia; que por el Sr.Alcalde se haga saber a la corporación la obligación de proveerse de un local que sea destinado a lazareto y que esté lo más retirado posible de la localidad para en un momento dad poder retirar a la persona que tuviere algún síntoma de enfermedad contagiosa y finalmente que existiendo en esta localidad TRES FARMACIAS y de ellas se pueden sacar las materias que sean necesarias para la desinfección que ocurra, ( ...). Acuerdo que tuvo lugar el 23 de Agosto de 1902, y el 16 de Abril de 1904 se expedienta a Emilio López Olmedilla por negativa a despachar medicamentos recetados por D. Vicente Domingo, es la Junta de Asociados la que somete a votación de sus componentes, la oportunidad o inoportunidad de la sanción al farmacéutico por dicha falta.  Cinco de sus miembros propusieron la destitución de su cargo de Farmacéutico Titular, otros dos opinaron que había de sancionarle pero dicha sanción habría de ser impuesta por peritos expertos en la materia de manera que la sanción correspondiese con la gravedad de la falta cometida. D. Amalio Cortijo manifestó carecer de los conocimientos necesarios para valorar la falta por desconocer los efectos que dicho medicamento pudo producir a la enferma, el resto de los miembros opinó igual que D. Amalio Cortijo.
Como final de la sesión se acordó remitir el expediente al Gobierno Civil para que la Comisión Provincial acordara lo que procediera previo informe de la Junta Municipal de Sanidad.
El expediente instruido al farmacéutico quedó pendiente y en 1905 se convoca de nuevo la plaza de Farmacéutico Titular de la villa de Belmonte, por haberse terminado el contrato que tenía establecido Emilio López Olmedilla el 30 de Junio de 1905 y por un periodo de cinco años.
El Ayuntamiento convocó el concurso bajo las siguientes bases:
1º El contrato con el facultativo de farmacia que se designe sería por término indefinido.
2º El nombramiento será para aquel Ld~ o Dr. en Farmacia que reúna mayores méritos, méritos que los solicitantes deberán acreditar a la Junta de Gobierno y Patronato de Farmacéuticos Titulares a cuyo cuerpo desde luego han de pertenecer.
3º El salario anual que percibirán será de 300 pts. por residencia y prestaciones de su incumbencia y que le sean encomendadas por e]. Ayuntamiento.
4º Estará obligado a dar medicamentos sin remuneración de ningún género a los pobres y presos de tránsito que por su estado necesiten de la ciencia.
5º No podrá el agraciado ausentarse del término sin dejar un Regente que lo reemplace.
6º El contrato, si así lo desea el farmacéutico, se elevará a escritura pública y sólo será rescindible previa instrucción de expediente por falta grave,como sería ausentarse de Belmonte sin autorización, abandono de funciones, etc.
Una vez convocado el concurso sólo hubo una solicitud, la de Emilio López Olmedilla, sin embargo en la Junta Municipal, del 19 de Septiembre de 1905, uno de los miembros, manifestó que no estaba conforme con darle nombramiento a Emilio López Olmedilla por no reunir las condiciones legales y tener un expediente pendiente de resolución; sin embargo el resto de la corporación le concedió el contrato recordándole su obligación de despachar gratis los medicamentos a los pobres de solemnidad que figurarán en la lista de Beneficencia Municipal exceptuando los específicos que pudiera recetar el facultativo. Además el sueldo anual a partir de primero de Enero de 1906 pasaría a ser de 400 ptas. según disponía el Reglamento del Cuerpo de Farmacéuticos Titulares.
Emilio López Olmedilla, ejerció como Inspector Farmacéutico Municipal, atravesando en esta actividad profesional muchas vicisitudes cesando y volviendo a ejercer de modo intermitente hasta su retiro definitivo. Durante una sesión municipal, celebrada el 25 de Enero de 1914 se dió cuenta de la renuncia que Emilio López Olmedilla presentó en Aqosto de 1913 renuncia que le fué admitida. Ejerció, que sepamos, en 1918, como Subdelegado de Farmacia del partido judicial de Belmonte.





RECOPILACIÓN DE JOSE VTE. NAVARRO RUBIO

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