En honor
¿Qué honor?
a aquella guerra Carlista
que asoló a la nación
¿Qué nación?
se dedicó
una calle
al teniente general que participó
en la recuperación del territorio español.
Grande de España
A la sazón senador,
Mariscal y Gobernador
Y por si faltaba algo más en su escalafón
Capitán General de Valencia
por lo mucho que defendió el pendón.
L’Alcúdia tiene su Serrallo
y a un conde
¡que alto honor!
aunque por aquí el Conde nunca pasó
ni para echar gasolina
ni para recoger ningún galardón.
Autor de la poesía: José Vicente Navarro Rubio
Rafael Echagüe y Bermingham (San Sebastián, 15 de febrero de1815 - Madrid, 23 de noviembre de 1887) fue un noble, militar y político español que desempeñó diversos cargos públicos de importancia.
Fue hijo de Joaquín Echagüe y Barbería, de la nobleza vasca, y de María Josefa Bermingham Measher, hija de emigrantes irlandeses. Comenzó su carrera militar participando en la Primera Guerra Carlistacon los chapelgorris de Guipúzcoa que defendían el partido de la reinaIsabel II; fue ayudante de campo del general O´Donnell y posteriormente coronel de infantería. En 1854 tomó parte en la Vicalvarada.
Fue elegido diputado por Huelva en 1854 y por Córdoba en 1858. Ese mismo año fue nombrado capitán general de Valencia. Tomó parte en la guerra de África de 1859-1860 con el empleo de mariscal de campo; desempeñó el cargo de gobernador de Puerto Rico entre 1860 y 1862, y de Filipinas entre 1862 y 1865; a su regreso a España ocupó el puesto de capitán general de Cataluña durante un breve periodo en 1865.
En 1871 se le concedió el título de conde del Serrallo en reconocimiento por sus servicios, con título de Grande de España. En 1872 fue elegido senador por la provincia de Puerto Rico y en 1876 por la de Guipúzcoa; al año siguiente se le concedió el puesto de senador vitalicio.
D. Rafael Echagüe y Berminghan, Teniente general de los Ejércitos Nacionales y en Jefe del Centro, conde del Serrallo. = Dispuesto á oponer el necesario correctivo á los esfuerzos del carlismo para prolongar la guerra civil, ordeno y mando: = Artículo único. Las familias de los individuos que, perteneciendo al actual reemplazo, sirvan en las filas carlistas, y en defecto de aquéllas los pueblos, pagarán una multa de 10.000 reales por cada mozo, que se hará efectiva por todos medios, exigiéndose la responsabilidad en el orden del grado de parentesco y empezando por los padres o tutores. = Las auto- ridades locales quedan encargadas dé la ejecución de este bando
= Cuartel general de Sagunto Marzo de 1875 =Rafael Echagüe.
No hay comentarios :
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.